Defensoría del Pueblo de la Nación

Fallo de la Corte Suprema de Justicia contra el Estado Nacional y el gobierno del Chaco a favor de las comunidades aborígenes

El Estado nacional y el gobierno chaqueño deberán proveer de alimentos y agua potable a las comunidades aborígenes de la provincia. Así lo resolvió un fallo de la Corte Suprema de Justicia, luego de admitir una medida cautelar presentada por el Defensor del Pueblo de la Nación para que se adoptaran las medidas necesarias que "detengan el exterminio" de los pueblos originarios en esa provincia.

En la parte resolutiva dice:
"Hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenar al Estado Nacional y a la Provincia del Chaco el suministro de agua potable y alimentos a las comunidades indígenas que habitan en la región sudeste del Departamento General Güemes y noroeste del Departamento Libertador General San Martín de esa provincia, como así también de un
medio de trasporte y comunicación adecuados, a cada uno de los puestos sanitarios".


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