Defensoría del Pueblo de la Nación

Ante los inconvenientes generados en los Centros de Salud Públicos para su emisión, la Agencia Nacional de Discapacidad dio de baja la aplicación del Certificado Médico Obligatorio

La Agencia Nacional de Discapacidad (AND) dio de baja la aplicación del Certificado Médico Obligatorio digital (CMO), como requisito indispensable para el otorgamiento de las pensiones por discapacidad o su renovación, medida por la que el Defensor del Pueblo de la Nación había intervenido, debido a los múltiples reclamos recibidos ante la imposibilidad de realizar el trámite en los establecimientos públicos de salud.

Ante los inconvenientes generados en los Centros de Salud Públicos para su emisión, la Agencia Nacional de Discapacidad dio de baja la aplicación del Certificado Médico Obligatorio

El año pasado, la Defensoría del Pueblo de la Nación había exhortado a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis) para que aplace el apercibimiento de suspensión del pago de pensiones no contributivas hasta tanto no se garantice la debida instrucción a los Establecimientos de Salud Oficiales para la confección del Certificado Médico Oficial Digital.

La Defensoría nacional había registrado numerosos reclamos y consultas porque la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) estaba notificando a ciudadanas y ciudadanos con discapacidad, acerca del procedimiento de actualización de su condición médica de invalidez laboral y los emplazó a cumplimentar el trámite en el Establecimiento de Salud Oficial más cercano a su domicilio, en el plazo de 60 días, prorrogado por 30 días más, bajo apercibimiento de proceder a la suspensión del pago de la pensión no contributiva que perciben.

Urgidos por los plazos, las personas intimadas recurrieron a Salas u Hospitales públicos, pero ninguno de ellos refería conocer el trámite por el que los ciudadanos recurrían, ni contar con medios o elementos necesarios para formalizar el trámite digital.

Por ello, se dictó una resolución en la cual se hizo referencia a la “responsabilidad del Estado por sus actos propios en el accionar, que desarrolla en el ámbito de sus relaciones con los particulares”, como así también a la necesidad de proveer protección especial y garantía de respeto de los derechos humanos a ese grupo vulnerable.

Ahora, la Agencia Nacional de Discapacidad (AND) emitió la Resolución 8/2020 por la cual dio de baja la aplicación del Certificado Médico Obligatorio digital (CMO) como requisito indispensable para el otorgamiento de las pensiones por discapacidad o su renovación, medida que había adoptado el año pasado.

La AND reconoció en la resolución que: “El déficit en el sistema sanitario, la diversidad geográfica y los problemas en la conexión a internet, se erigen como los principales obstáculos para poder lograr la tramitación del Certificado Médico Oficial (CMO) digital, a los fines de la obtención de la Pensión no Contributiva por Invalidez”.

Las nuevas autoridades de la AND informaron que “hasta tanto el Certificado Médico Oficial (CMO) digital no resulte accesible digitalmente en todas las provincias de la República Argentina, se garantizará el inicio del trámite correspondiente, a través de las Unidades de Atención Integral (Udai) de la Anses”.

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