Cobertura de órganos locales incluyendo áreas rurales

El siguiente cuadro permite visualizar la cobertura de órganos locales tomando como referencia un universo más amplio, es decir la sumatoria de localidades urbanas y rurales, definiendo como estas últimas a aquellas de menos de 2000 habitantes.

Observamos que al incluir localidades rurales la cobertura se modifica notablemente, vale considerar que lo inferido por este dato concretamente es el porcentaje de localidades donde los niños y niñas tendrían acceso a un servicio de promoción y protección en su misma localidad. Es decir más que un indicador de cobertura, este dato nos permite aproximarnos a mensurar la accesibilidad que estos servicios tienen para los niños y niñas en localidades rurales. Si bien en términos poblacionales éstas, en general tienen baja incidencia, cuando vemos la  gran cantidad de localidades donde estos niños y niñas viven se torna relevante el dato, ya que la conformación de los órganos de protección en la mayoría de las localidades queda librado a  la voluntad política de los gobiernos locales. Cualquiera sea la magnitud y jerarquía de estos órganos es importante conocer en qué medida  generan espacios asimilables a un órgano de protección tal cual se define en este estudio.

La magnitud en términos poblacionales de esa falta de cobertura cuando incluimos localidades rurales está dada por la incidencia que tiene la población en relación a la urbana en cada provincia.

Así vemos, por ejemplo que la provincia de Buenos Aires cuenta con una cobertura del 70,9% tomando como referencia a las localidades urbanas, pero ese valor baja abruptamente al 20% si incluimos las rurales. La relevancia de esa variación porcentual se relativiza si tomamos en cuenta que el 96,36% de la población reside en áreas urbanas.

En cambio, si tomamos una provincia con mayor peso de la población rural como la provincia de Misiones, la variación porcentual adquiere otra significación.

De lo visualizado en el gráfico se deduce que los órganos locales se encontrarían ubicados en localidades cabeceras de departamentos o partidos, quedando el interior de éstos bajo la órbita de su competencia. La posibilidad de accionar sobre las áreas rurales estará en función de la capacidad operativa de los órganos en términos de recursos humanos y de programas y políticas disponibles.

Una atención especial merece la consideración de la autonomía otorgada por las constituciones provinciales y sus cartas orgánicas a los municipios, como así también las distintas categorías de gobiernos locales que éstas determinan con los consecuentes grados descentralización presupuestaria y facultades para percibir tasas e impuestos que resultan de estos ordenamientos.

III- Desarrollo de Órganos de Protección
Cobertura de órganos locales en localidades urbanas
III- Desarrollo de Órganos de Protección
Conformación y financiamiento de los órganos locales