I- Introducción

Con la adhesión a la convención internacional de los derechos del niño, niña y adolescente y la posterior sanción de la Ley Nro. 26.061 se deroga en nuestro país la ley de patronato y se inicia el proceso de conformación de un sistema de promoción y protección de  derechos conforme a la concepción de protección integral. Este proceso se inscribe en contraposición a la doctrina de la situación irregular plasmada en los principios de la ley de patronato del 1919[1], en la cual los niños y niñas eran objeto de tutela y control en base a medidas emanadas de un subsistema judicial, que actuaba cuando éstos eran considerados en peligro material o moral y/o representaban una amenaza para el conjunto de la sociedad. Esta concepción marcó por décadas un tratamiento estigmatizante  del niño o la niña; quedando éstos sujetos a decisiones discrecionales del poder judicial y de las instituciones que conformaban el sistema de patronato.

La promulgación de la Ley Nro. 26.061 marcó legítimamente el paso de la idea del niño objeto de tutela y control a niños sujetos de derechos y protección. La figura paternalista del patronato fue reemplazada formalmente por un Estado que asume el rol de garante de los derechos y que interviene en virtud de vulneraciones en lugar de situaciones irregulares.

En este sentido el estudio sobre el avance del sistema de promoción y protección de los derechos de niños/as y adolescentes surge de la necesidad de contar con un panorama integral y abarcativo, que por un lado tome en cuenta las distintas dimensiones constitutivas del sistema, y que por otro considere los avances en cada una de las provincias argentinas.

El desafío que plantea un estudio de esta naturaleza tiene que ver además con la organización federal de nuestro país. En cada provincia, los procesos obedecen a orientaciones que se plasman en tiempos, dinámicas institucionales y dispositivos diversos. Este hecho le ha otorgado a la investigación una complejidad adicional al momento realizar una síntesis, a riesgo de caer en simplificaciones o generalizaciones que no den cuenta de esas particularidades.

Este trabajo estuvo orientado por las siguientes preguntas: ¿Cuál es el nivel de adecuación normativa de las distintas provincias respecto a la ley Nro. 26.061? ¿Cuáles son los desarrollos institucionales con los que cada provincia ha realizado la transición del esquema institucional tutelar hacia los órganos de protección necesarios conforme al nuevo paradigma de promoción y protección integral?. 

En suma, nos interesó conocer los modos de gestión, el nivel de descentralización, la cobertura de los órganos administrativos de promoción y protección con especial énfasis en el ámbito local y finalmente las herramientas programáticas con que se cuenta desde los órganos de protección para promover y restituir derechos.

Para que la información resulte operativa, los resultados se presentan en dos formas, en primer lugar  la información agregada para todo el país y en segundo, la misma información desagregada por cada provincia en fichas que dan cuenta de los principales indicadores que nos permiten captar la singularidad en cada una.

Los resultados alcanzados, entonces, pretenden ser un aporte en la evaluación de los avances del sistema de promoción y protección e invitan a generar nuevas preguntas que orienten acciones en favor de su fortalecimiento y desarrollo; quiere reflejar además, a través de un diagnóstico/relevamiento el estado del arte en todo el país respecto del avance normativo en relación a la CDN y la Ley nro. 26.061.

[1] La Ley de Patronato de Menores Nº 10.903 (publicada en B.O. el 27/09/1919) o Ley Agote, rigió en nuestro País durante ochenta y seis años.

 

Equipo
I- Introducción
Finalidad y objetivos del estudio