Modalidad de gestión y financiamiento

Con respecto al financiamiento la Ley explica que tanto la SENNAF como el Consejo tienen como competencia gestionar la distribución de los fondos presupuestariamente asignados para la formulación y ejecución de las políticas previstas en el Plan Nacional de Acción. Para ello, deberán en forma conjunta y coordinada garantizar la distribución justa y equitativa de las partidas presupuestarias y de todos los recursos nacionales o internacionales destinados a la efectivización de los objetivos de la promoción y protección de derechos. También prevé la intangibilidad de los fondos y que la previsión presupuestaria en ningún caso podrá ser inferior a la mayor previsión o ejecución de ejercicios anteriores.

Con respecto a los fondos la Ley Nro. 26.061 determina que se hagan las previsiones necesarias en el presupuesto general de la Nación, definiendo partidas tanto para el funcionamiento del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia, el Defensor de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes y todas las instituciones responsables de llevar adelante políticas según las orientaciones y principios contenidos en la ley.

Entre la información que ha podido relevarse a través de la SENNAF, se encuentra el siguiente cuadro que sintetiza el acumulado de transferencia correspondientes al inciso 5 del clasificador presupuestario nacional, la inversión en atención directa de dispositivos y programas (asistenciales y sistema penal juvenil). Incluye inversión en bienes consumo (alimentos, medicamentos, textiles etc.), servicios básicos (tales como mantenimiento y limpieza de institutos) y recursos humanos con distintas acciones de atención directa e intervención penal juvenil.

 

 

IV- Desarrollo de políticas y programas
Sistemas de información
V- Fichas descriptivas por provincia
Buenos Aires