Defensoría del Pueblo de la Nación

Se dictó la ley que regula la Medicina Prepaga.

El H.Congreso Nacional aprobó el marco regulatorio para las empresas que prestan servicios prepagos de salud.

Con fecha 4 de mayo de 2011, la H. Cámara de Diputados sancionó la ley Nº 26.682 que regulará el funcionamiento de las empresas de medicina prepaga.
El contenido del marco regulatorio destaca los aspectos siguientes:

-Obliga a las empresas de medicina prepaga a cubrir planes de cobertura médico-asistencial, el Programa Médico Obligatorio (PMO) y el sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad.(Cabe recordar que esta obligación está contemplada por le ley 24.754, por la que se estableció que las empresas en cuestión debían brindar las prestaciones contempladas por el PMO).
-Los contratos entre las prepagas y los usuarios no pueden incluir períodos de carencia o espera para todas aquellas prestaciones queincluye el PMO.
-Los contratos de prestaciones deben ser autorizados por el Ministerio de Salud.
-Los usuarios pueden rescindir en cualquier momento el contrato celebrado, sin limitación y sin penalidad alguna.
-La edad no puede ser tomada como criterio de rechazo para la admisión.
-Las empresas tampoco puedan rechazar la afiliación de personas con enfermedades preexistentes.
-Se analizarán los posibles aumentos de cuotas.

Ello representa un avance para el sistema de salud Argentino, que estas empresas integran, además de brindar un marco que permitirá a los usuarios conocer con detalle sus derechos y obligaciones.
Esta Institución estima que se trata de un avance en la materia, habiéndose siempre manifestado en favor del establecimiento de reglas que tiendan a la protección de los ciudadanos.

Mediante el dictado de la resolución Nº 1276/11, del registro del Ministerio de Salud de la Nación, se encargó a la Superintendencia de Servicios de Salud la producción del anteproyecto de decreto reglamentario de la norma en cuestión.


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